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Admisión curso 2026-2027

  

 INSTRUCCIONES ADMISIÓN 206-2027

 

Decreto 3/2021, de 28 de enero, por el que se regulan las condiciones de acceso, admisión y matriculación del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Castilla y León.

 

Orden EDU/233/2021, de 1 de marzo, por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto 3/2021, de 28 enero, por el que se regulan las condiciones de acceso, admisión y matriculación del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Castilla y León.

 

Orden EDU/1526/2024, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden EDU/233/2021 de, 1 de marzo, por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto 3/2021, de 28 de enero, por el que se regulan las condiciones de acceso, admisión y matriculación del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León.

 

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convoca el proceso de admisión a las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2026-2027.

  

 

 

 

1.    PREFERENTEMENTE, A TRAVÉS DEL ENLACE HABILITADO EN LA PÁGINA WEB DE LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS DE SEGOVIA, SIN NECESIDAD DE CERTIFICADO ELECTRÓNICO, NI REGISTRO, QUEDANDO REGISTRADA AUTOMÁTICAMENTE LA SOLICITUD EN EL PROGRAMA HABILITADO PARA TAL EFECTO. Los documentos requeridos deben aportarse en la aplicación con la solicitud.

 

  1. 2.     Enlace Admisión EOI Segovia

 PAUTAS PARA SU CUMPLIMENTACIÓN:

La primera vez hay que Darse de Alta y después Identificación si quiere cambiar o anular su solicitud o solicitar otro idioma. Es importante recordar la contraseña que has elegido pues se te requerirá para volver a entrar en la aplicación y en caso de querer hacer prueba de clasificación.

Si solicita plaza para las secciones de Cuéllar, El Espinar o Cantalejo, pinchar en el desplegable al seleccionar el idioma.

Si va a solicitar prueba de clasificación, ver apartado más adelante.

Si elije en “preferencia horaria” la franja de tarde, luego no tendrá preferencia en matricularse en horario de mañana. Sólo podrá cambiar su matrícula a la mañana si hubiese plazas sobrantes una vez atendidas las solicitudes que eligieron franja de mañana.

Si en los niveles ofertados en turno de mañana no se llegara a un número mínimo de alumnos no se podrán impartir esos niveles en horario de mañana y los alumnos admitidos en esos grupos podrán matricularse en horario de tarde. 

Si se equivoca al seleccionar el idioma o la sección después de validar, puede proceder a Anular la solicitud, siempre y cuando no haya pagado la tasa para la prueba de clasificación, si es así póngase en contacto con Secretaría.

 

  1. 3.    O en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, mediante REGISTRO manual o electrónico, en alguna de las ventanillas de registro habilitadas para ello.

 

En la comunidad de Castilla y León se presentará una única solicitud de admisión,

independientemente del número de idiomas que se soliciten.

 Para matricularse en la Escuela Oficial de Idiomas es necesario tener 16 años cumplidos

en el año que se comiencen los estudios (hasta el 31 diciembre 2026).

 Podrán matricularse asimismo los mayores de 14 años para acceder a enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la ESO como primer idioma.

 

Deben participar en el proceso de admisión los alumnos que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

 

  1. 1.    Alumnos que acceden por primera vez a la EOI.
    1. 2.    Alumnos que procedan de otra EOI y deseen solicitar el traslado de expediente antes del inicio de curso.
    2. 3.    Alumnos que hayan interrumpido sus estudios o hayan anulado la matrícula en cursos anteriores, incluida la anulación por falta de pago o por impago parcial de la matrícula, y desean incorporarse de nuevo a la enseñanza presencial.
    3. 4.    Alumnos que están matriculados en la escuela y quieran cursar un idioma distinto de aquel en el que están matriculados.
    4. 5.    Alumnos que hayan obtenido un certificado de competencia general de nivel en régimen libre y deseen matricularse en el siguiente nivel como alumnado en régimen oficial.
    5. 6.    Quienes quieran cursar el nivel C2, aunque sean ya alumnos oficiales de la EOI de C1.
    6. 7.    Antiguos alumnos que quieren actualizar conocimientos de un idioma en un curso o nivel ya superado, porque consideran que han perdido competencia lingüística en el tiempo transcurrido desde que aprobaron ese nivel. La asistencia y aprovechamiento no tendrán efectos académicos, es decir, no se hará el examen, ya que ya tienen certificado el nivel en el que se han matriculado. Estas solicitudes se atenderán una vez finalizado el proceso de adjudicación de plazas extraordinario de septiembre, por riguroso orden de fecha de entrada de las solicitudes.

 

 

 OFERTA EDUCATIVA CURSO 2026-2027

Segoviacapital

 

Nivel Básico (A1)

Nivel Básico (A2)

Nivel Intermedio (B1)

Nivel

Intermedio (B2.1 y B2.2)

Nivel Avanzado

(C1)

Nivel Avanzado

(C2.1 y C2.2)

Alemán

Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

 

Francés

Mañana*/Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

 

Italiano

Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

 

Inglés

Mañana/ Tarde

Mañana/ Tarde

Mañana/ Tarde

Mañana/ Tarde

Mañana/ Tarde

Tarde

 

 

Nivel Básico

(A1)

Nivel Básico

(A2)

Nivel Intermedio

(B1.1)

Nivel Intermedio

(B1.2)

Nivel Intermedio

(B2.1)

Nivel Intermedio

(B2.2)

Chino

Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

Tarde

 

 

Nivel Básico (A1)

Nivel Básico (A2)

Nivel Intermedio (B1)

Nivel Intermedio (B2)

Nivel Avanzado

(C1)

Español

Tarde

Tarde

Mañana/Tarde

Tarde

Tarde

 

SeccióndeCuéllar*

 

Nivel Intermedio (B1)

Nivel

Intermedio (B2.1 y B2.2)

Nivel Avanzado

(C1)

Inglés

Tarde

Tarde

Tarde

 

SeccióndeElEspinar*

 

Nivel Intermedio (B1)

Nivel

Intermedio (B2.1 y B2.2)

Nivel Avanzado

(C1)

Inglés

Tarde

Tarde

Tarde

 

SeccióndeCantalejo*

 

Nivel Intermedio (B1)

Nivel

Intermedio (B2.1 y B2.2)

Nivel Avanzado C1

Inglés

Tarde

Tarde

Tarde

*Losgrupos se abrirán sólo si se llega un mínimo de alumnos si se cuenta con profesoradosuficiente para impartirlos.

 

Se respetará el turno elegido en la solicitud de admisión (mañana o tarde) a la hora de la matrícula.

 Las clases del turno de mañana se imparten en un centro diferente al de la sede de la Escuela Oficial de Idiomas, en las aulas del Conservatorio Profesional de Música de Segovia. 

No se impartirán niveles en los que no haya un determinado número mínimo de alumnos matriculados o si no existiese disponibilidad suficiente de profesorado.

 

(BOCYL Real Decreto 3/2021, de 28 de enero)

 

Si has aprobado…

Accedes directamente a…

La 1ª lengua extranjera de 4º de la ESO o de 1º de Bachillerato

 

Básico A2 de esa lengua

La 1ª lengua extranjera de

2º deBachillerato

Intermedio B1 de esa lengua

La 2ª lengua extranjera de 4º de la ESO o 1º de Bachillerato

Básico A2 con un informe del profesor que ha impartido tus clases en el instituto

La 2ª lengua extranjera de

2º deBachillerato

Básico A2, sin necesidad de informe de tu

profesor

 

También se puede acceder a un nivel superior presentando la documentación correspondiente a los certificados de titulaciones expedidas por organismos oficiales recogidas en la tabla de equivalencias del documento OTRAS FORMAS DE ACCESO Y CERTIFICADOS EMITIDOS de la página web.

 

Pueden solicitar Prueba de Clasificación para el acceso a un determinado nivel los alumnos que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

 

  1. 1.    Aquellos alumnos que se matriculan por primera vez en un idioma, y consideran que tienen un nivel superior al A1.

 

  1. 2.    Aquellos alumnos que hayan estado matriculados en un idioma si consideran que su nivel de competencia lingüística ha mejorado en el tiempo transcurrido desde que estuvieron matriculados por última vez.

 

  1. 3.    Aquellos alumnos que quieran saber cuál es su nivel actual, para matricularse en un curso ya superado, o incluso, en un nivel inferior al que ya tienen aprobado.

 

Tras la prueba de clasificación se les informará sobre el curso en el que deben matricularse.

 Para solicitarla tendrá que elegir el curso A1 en Segovia, y B1 en Cuéllar, El Espinar y Cantalejo en los datos de preinscripción, para después señalar el nivel al que quiere acceder mediante la prueba de clasificación.

La prueba de clasificación permite a un alumno matricularse en un nivel superior, pero en ningún caso presupone tener aprobado ningún curso, ni supone la acreditación del nivel obtenido en la misma, la certificación de superación de un curso no se hará hasta que el alumno haya aprobado todas las actividades de lengua en los exámenes de junio y/o septiembre.

La prueba de clasificación se hará tras el pago de la tasa correspondiente.

 Dicha tasa se abonará una única vez, independientemente del número de pruebas que se soliciten.

El pago de la prueba se realizará a través del modelo 046 de Tasas y Precios Públicos de la Junta de Castilla y León y se subirá el resguardo de pago a la plataforma de admisión. Si no pudiese hacerse así, se enviará por correo electrónico a la Secretaría o de forma presencial.

Cumplimentación Modelo 046: ver instrucciones en la pestaña de Admisión. En Descripción del servicio solicitado, deberá poner: EOI Segovia, Prueba de Clasificación.

40004580.secretaria@educa.jcyl.es

 

PRECIO PÚBLICO PRUEBA DE CLASIFICACIÓN

Ordinaria

Bonificación 50%

20 €

10 €

 

Reducción de 50%:

Beneficiarios de familia numerosa general.

 -  Exenciones de pago:

  • Los beneficiarios de familia numerosa especial.
  • Si tiene reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
  • Víctimas de actos terroristas.
  • Víctimas de violencia de género

 

En el idioma inglés, la prueba de clasificación será online, y SOLAMENTE si se alcanza un nivel B2.2 o superior se realizará una prueba presencial oral y escrita. En el resto de idiomas las pruebas serán exclusivamente de manera presencial. Ver calendario de pruebas en la pestaña Calendario de Pruebas de Clasificación de la Sección Admisión.

 La prueba online de inglés se activará desde secretaría una vez recibido el modelo 046 debidamente pagado, y se avisará a los alumnos a través de email para que comiencen a realizarla desde el momento de su activación siguiendo las instrucciones disponibles en la página web.

 

Las fechas de las pruebas presenciales de clasificación se publicarán en la página web y en el tablón de anuncios de la escuela.

 

Junto a la solicitud de admisión, se deberá presentar la siguiente documentación, que deberá estar vigente en el momento de su presentación:

 

  1. 1.       Copia del DNI o NIE del solicitante si no autoriza a la Consejería de Educación para obtener la comprobación de los datos de identidad personal.

 

  1. 2.       En el supuesto de solicitante de catorce o quince años de edad, certificado del centro educativo correspondiente en el que se recoja el idioma cursado como primera lengua extranjera en la ESO.

 

  1. 3.       Si accede acreditando el nivel de idioma anterior: documentación justificativa de la obtención del mismo según lo dispuesto en la resolución de admisión de 13 de marzo de 2023.

 

  1. 4.       Si ha solicitado prueba de clasificación: justificante de haber abonado precios públicos (modelo 046).

 

  1. 5.       Si se ha acogido a las exenciones o bonificaciones de los precios públicos: por familia numerosa, discapacidad, víctima de terrorismo y de violencia de genero deberá aportar la justificación correspondiente:

 

a)    Copia del título oficial de familia numerosa o documento equivalente, salvo que se hayan expedido por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y manifiesten en la solicitud de matrícula su consentimiento para que la Consejería de Educación verifique de forma directa estos datos.

 

b)    Si tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, presentará copia del certificado o resolución, salvo que el reconocimiento se haya realizado por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se autorice en la solicitud la verificación directa de los datos por la Consejería de Educación. 

Si tuviera necesidad de cualquier tipo de adaptación para realizar los exámenes, deberá consignarlo, mediante el documento de solicitud de adaptación de la página web.

 c)    Las víctimas de actos terroristas presentarán copia de alguno de los documentos determinados en el artículo 3 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del terrorismo en Castilla y León (ver resolución).

 d)    Las víctimas de violencia de género presentarán copia de la resolución judicial, o de la certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local, o del informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, o del Ministerio Fiscal.

  

  1. 1.  En las escuelas oficiales de idiomas donde hubiera suficientes plazas vacantes para atender a todas las solicitudes, serán admitidos todos aquellos solicitantes que cumplan las condiciones de acceso y participen en el proceso de admisión.

 

  1. 2.  Cuando el número de solicitudes sea superior al de plazas vacantes, la admisión se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

 

a)      La reserva de plazas vacantes establecida en el artículo 5.3 para los solicitantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, la condición de víctima de violencia de género o la condición de víctima de actos terroristas. Las solicitudes para cursar un segundo idioma serán admitidas con posterioridad a las de los solicitantes que desean cursar el mismo como único idioma.

b)      Se atenderá al orden de prioridad indicado en las solicitudes de admisión en varios idiomas a la vez para un mismo centro, de forma que, una vez resulte admitido en uno de ellos, la admisión para el resto de idiomas se considerará con posterioridad a la de los demás solicitantes.

 

c)       Una vez aplicados los criterios indicados en los puntos a), b) y c), se tomará en cuenta la puntuación obtenida en aplicación del baremo que se establezca por la consejería competente en materia de educación en la orden de desarrollo del presente decreto, en atención a las siguientes circunstancias:

  1. Ser funcionario docente de un centro de enseñanza no universitaria de Castilla y León o ser docente que imparta enseñanzas concertadas no universitarias en un centro de titularidad privada sostenido con fondos públicos de Castilla y León.

 

  1. Estar en posesión del título de Bachiller.

 

  1. Estar en posesión de un título de un ciclo formativo de grado medio de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, de enseñanzas deportivas o de formación profesional.

 

  1. Estar en posesión de un título de enseñanzas artísticas profesionales de música o danza.

 

  1. Estar en posesión de un título en alguna enseñanza de educación superior.

 

  1. Estar en situación de desempleo con alguna de las titulaciones anteriores.

 

d)      En caso de empate en el proceso de admisión, se priorizará a los funcionarios docentes de centros de enseñanzas no universitarias de Castilla y León, siempre que las titulaciones otorgadas por las escuelas oficiales de idiomas estén recogidas en los baremos de méritos para ocupar puestos docentes en régimen de interinidad o para la participación de los docentes funcionarios de carrera en los concursos de traslados a nivel autonómico y/o estatal.

 

e)      Si persistiera el empate, como segundo criterio de desempate se utilizará el sorteo público realizado de acuerdo con lo que determine la consejería competente en materia de educación en la orden de desarrollo del presente decreto. 3. Si tras la aplicación de los criterios de admisión establecidos en el apartado 2 aún quedaran vacantes, y con el fin de completar los grupos de alumnado, será admitido el antiguo alumnado que ya haya cursado enseñanzas en escuelas oficiales de idiomas tanto de la Comunidad de Castilla y León como de fuera de la Comunidad, y quiera actualizar conocimientos de un idioma en un curso o nivel ya superado con anterioridad. En este caso, tendrán prioridad aquellas personas que no hayan actualizado conocimientos del idioma solicitado en dicha escuela con anterioridad, y posteriormente se aplicará como criterio la ordenación de los aspirantes según el resultado del sorteo a que hace referencia la letra f).

 

   

 

 

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